Hoyo de Manzanares no cumple uno de los requisitos para flexibilizar las franjas horarias.

Hoy ha entrado en vigor la orden SND/427/2020 de 21 de mayo por la que se flexibilizan las franjas horarias en municipios que cumplen estos dos supuestos:

  • Tener una población menor a 10.001 habitantes.
  •  Tener una densidad de población inferior a 100 habitantes por kilómetro cuadrado.

El Instituto de estadística de la Comunidad de Madrid señala que en el año 2019 la densidad de población del municipio es de 186,43 habitantes por kilómetro cuadrado, casi el doble de lo que la orden permite. El municipio no cumple el segundo supuesto por tanto no será aplicable la orden en el término municipal.

La orden señala en el siguiente párrafo la necesidad de primar la precaución para proteger a las personas mayores de 65 años: “Desde el punto de vista de nuestra estructura demográfica, también hay que tener en cuenta la vulnerabilidad de los núcleos de menor densidad poblacional y menor número de habitantes, por razón de su mayor envejecimiento demográfico, en virtud de una creciente esperanza de vida. En los municipios con menos de 10.001 habitantes, casi uno de cada cuatro habitantes es mayor de 65 años -lo que supone 2,1 millones de personas en total-, y, más aún, en los 5.000 municipios con menos de 1.000 habitantes, en los que el treinta y uno por ciento de las personas tienen más de 65 años. De ahí que todas las medidas hayan de valorarse de acuerdo con la situación de cada municipio, debiendo primar el principio de precaución”.

Ver orden y datos del IE de la Comunidad de Madrid