¿CÓMO RECLAMAR LOS DAÑOS CAUSADOS POR “FILOMENA”?

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Tras la nieve y el deshielo derivado del paso de “Filomena” llega la hora de reclamar. Probar los daños y las pérdidas será necesario para tener éxito en nuestra reclamación, por lo que es muy importante recopilar todas las pruebas posibles para acreditarlos. El plazo está abierto durante 1 mes desde el día en el que se ocasionaron los daños.

En la página web del Ministerio del Interior del Gobierno de España encontrarás la seccion, Ayudas y subvenciones por siniestro y catástrofe | .: Sede Electrónica del Ministerio del Interior :. (mir.gob.es) en la que podrás solicitar las ayudas del Gobierno. Para ello es necesario contar con Certificado Digital, que deberás pedir en la web de la FNMT (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre). Si no cuentas con el Certificado Digital puedes venir con la solicitud cumplimentada a la Ventanilla Única del Ayuntamiento, entre las 09:00 y las 14:00 horas, de lunes a viernes, y te tramitamos tu reclamación.

Si los daños se han producido por las nevadas es el Gobierno el que tramitará las ayudas en aquellas comunidades declaradas zona catastrófica, como la Comunidad de Madrid. Esta designación es, precisamente, la que puede permitir a los damnificados beneficiarse de opciones que van desde exenciones fiscales a ayudas a particulares por daños en la vivienda.

En cambio, si las inundaciones han sido la fuente de los problemas originados por “Filomena”, será el Consorcio de Compensación de Seguros (CSS) el que tenga que hacer frente a las posibles indemnizaciones.

A falta de delimitar los daños y las compensaciones que recibirán los territorios afectados, la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil, recoge una serie de líneas de apoyo y cantidades económicas con las que resolver las reclamaciones.

En caso de vivienda habitual y enseres de primera necesidad, los particulares podrán ser recompensados con un máximo de 15.120 euros. Además, si se trata de una familia habrá que mirar si sus ingresos son inferiores a un umbral establecido. Será esta criba la que determine la posibilidad de pedir ayudas por incapacidad o fallecimiento hasta 18.000 euros.

La cantidad varía para comunidades de vecinos y empresas. Los primeros accederán, previo peritaje, al 50 % del daño total ocasionado hasta los 9.224 euros. La misma cantidad para los establecimientos a los que el Estado dará ese soporte máximo en aquellos daños que no cubra el seguro.

Por otro lado, la caída de árboles o hielo de cornisas puede haber sido motivo de destrozos en nuestro vehículo. En este caso, lo importante es ponerse en contacto con la compañía de seguros y conocer con detalle la letra pequeña de la póliza contratada y los supuestos que incluye. Si este contrato incluye fenómenos atmosféricos, entonces habrá que esperar a la consideración que se otorgue a “Filomena”.