Ingreso Mínimo Vital

El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es un derecho subjetivo a una prestación de naturaleza económica que garantiza un nivel mínimo de renta a quienes se encuentren en situación de vulnerabilidad económica en los términos que define el real decreto-ley del mismo (art. 1 del Real Decreto-Ley 20/2020). Es compatible con otras rentas hasta el máximo del ingreso vital para cada tipo de hogar.

Se puede solicitar a partir del 15 de junio. Las solicitudes presentadas en los tres primeros meses tendrán efecto retroactivo desde el 1 de junio.

Más información en el siguiente enlace IMV

Documentación para la solicitud: