Hacienda
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Dirección: Plaza Mayor, S/N
Horario: de lunes a viernes de 09:00h a 14:00h
Teléfono:91 856 60 46 ext 1
Recaudación Ejecutiva
Dirección: Plaza Mayor, S/N
Horario: de lunes a viernes de 08:00h a 18:00h
Teléfono: 910 477 305
Pago de tributos
Accede a la Sede Electrónica para realizar el pago de tributos online
Calendario de Tributos
CONCEPTO
FECHAS
BASURA
Del 30 de abril al 30 de junio
IVTM (IMPUESTO VEHÍCULOS)
Del 27 de marzo al 28 de mayo
ALCANTARILLADO
Del 15 de mayo al 15 de julio
IBI
Del 15 de julio al 13 de noviembre
IBI RUSTICA
Del 13 de octubre al 15 de diciembre
IAE (IMPUESTO DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS)
VADOS
TERRAZAS
Del 13 de octubre al 15 de diciembre
Del 13 de octubre al 15 de diciembre
Del 13 de octubre al 15 de diciembre
Bonificación Familia Numerosa y fraccionamiento 30 de abril último día de solicitud.
Pago de recibos domiciliados
CONCEPTO
FECHAS *
BASURA
28 de mayo
IVTM (IMPUESTO VEHÍCULOS)
30 de abril
ALCANTARILLADO
16 de junio
IBI FRACCIONADO, PRIMER PLAZO
15 de julio
IBI FRACCIONADO, SEGUNDO PLAZO
20 de octubre
IBI NO FRACCIONADO
13 de octubre
IBI RUSTICA
13 de noviembre
IAE (IMPUESTO DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS)
17 de noviembre
VADOS
12 de noviembre
TERRAZAS
18 de noviembre
*Las fechas de cobro de los recibos domiciliarios son orientativas.
QUIERO APLAZAR LOS PAGOS DE IMPUESTOS ¿CÓMO LO HAGO?
BONIFICACIÓN DEL 5% ORDENANZA PLAN ESPECIAL DE PAGOS
(a partir del segundo año de formalizar la compra-venta)
Permite el pago fraccionado y domiciliado del IBI y de las tasas de basura y alcantarillado. La solicitud debe realizarse antes del 15 de diciembre del año anterior al plan de pago, siempre que los recibos ya estuviesen a nombre del solicitante y se encuentre al corriente de pago Los impuestos y tasas se abonarán en ocho pagos domiciliados de marzo a octubre de cada año, y la regulación se realizará en el mes de diciembre. La ventaja de esta forma de pago es la bonificación del 5% sobre la cuota a pagar. En caso de cambio de titular es necesario solicitar la baja del plan de pagos para el ejercicio siguiente ya que los primeros recibos se generan automáticamente.
BONIFICACIÓN DE VEHÍCULOS MENOS CONTAMINANTES
El BOCM de 24 de septiembre de 2021 recoge una nueva bonificación en función de las características de los motores, la clase de combustible que consuma el vehículo y la incidencia de la combustión en el medio ambiente.
- a) Bonificación del 75 %de la cuota del impuesto, sin fecha fin de disfrute, a los vehículos totalmente eléctricos y los impulsados exclusivamente con energía solar.
- b) Bonificación del 50 %de la cuota del impuesto, durante los seis primeros años desde la fecha de su matriculación o desde la adaptación/modificación a los vehículos bimodales o híbridos (motor eléctrico-gasolina, eléctrico-diésel o eléctrico-gas)
- c) Bonificación del 50%de la cuota del impuesto, durante los seis primeros años desde la fecha de su matriculación o desde la adaptación/modificación a los vehículos que utilicen exclusivamente combustible biogás, gas natural, gas licuado, etanol, metanol, hidrogeno o derivados de aceites vegetales.
Las bonificaciones tendrán carácter rogado. Para establecerse el momento de inicio de la bonificación, se tendrá en cuenta la situación existente a 1 de enero de cada año, empezándose a contar por primera vez a partir del ejercicio siguiente a aquel en que se produzca la solicitud y en ningún caso tendrá efectos retroactivos.
Para la concesión de cualquiera de estas bonificaciones, los titulares de los vehículos deberán encontrarse al corriente en sus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Hoyo de Manzanares (lo que será comprobado de oficio en todos los ejercicios) y aportar la siguiente documentación:
- Instancia formalizada solicitando la bonificación.
- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad del sujeto pasivo, y en su caso acreditación de la representación.
- Fotocopia del permiso de circulación.
- Fotocopia de la ficha técnica del vehículo.
En caso de pérdida de la bonificación por no encontrarse al corriente de pago, deberá instarse su concesión nuevamente para el ejercicio siguiente.
*La persona titular tendrá que estar al corriente de todos los pagos, incluido el del año anterior.
ADAPTACIÓN A LA NUEVA PLUSVALÍA MUNICIPAL
La sentencia del Tribunal Constitucional de 26 de octubre de 2021 ha anulado el método de determinación de la base imponible del impuesto tal y como entonces estaba regulada en el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL).
Para adaptar la norma (TRLRHL), cumpliendo el mandato constitucional, se ha aprobado el Real Decreto-Ley 26/2021 de 8 de noviembre (BOE de 9 de noviembre), que modifica el sistema de determinación de la base imponible y que entró en vigor el 10 de noviembre de 2021.
A través de este link podrás acceder a todas las ordenanzas que tenemos.
https://hoyodemanzanares.sedelectronica.es/transparency/acc5fa73-7d6b-4f2c-8a65-1bb327515761/
Pago a Proveedores
A partir del 15 de enero de 2015, debe presentar obligatoriamente su factura en formato Factura-e si se encuentra dentro de una de las categorías de proveedores obligados por la Ley 25/2013 de impulso de la factura electrónica.
¿Quién está obligado a presentar facturas de forma electrónica?
Estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:
- Las personas jurídicas.
- Las entidades sin personalidad jurídica.
- Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, apra los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejrcicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
- Quienes represneten a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamnete con la Administración.
- Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que relaicen con ellas por razón de su condición de empleado público en la forma en que sse determine reglamentariamente por cada Administración.
¿Cómo presentar las facturas por vía electrónica?
- A través de la plataforma del Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas de la Administración General del Estado, FACE.
Los códigos para la facturación a través del sistema FACE son los siguientes:
| OFICINA CONTABLE | L01280724 |
| ORGANO GESTOR | L01280724 |
| UNIDAD TRAMITADORA | L01280724 |
- A través de la Sede electrónica del Ayuntamiento:
https://hoyodemanzanares.sedelectronica.es/info.21
¿Cómo puedo anular una factura?
Puede solicitar la anulación de una factura presentada en esta administración a través de la opción «Solicitar anulación» disponible en su Carpeta electrónica dentro del listado de facturas.
CATÁLOGO DE TRÁMITES
SERVICIOS ELECTRÓNICOS
FACTURA ELECTRONICA
Consulta aquí el folleto explicativo de FACe
NORMATIVA
- Ordenanza General De Gestión, Recaudación E Inspección De Los Ingresos Propios De Derecho Público. BOCM Nº303 A 21/12/04
- Ordenanza Fiscal Reguladora Del Plan De Pago De Tributos (PEPT). BOCM Nº18 A 22/01/2021.
- Ordenanza Fiscal Reguladora Del Impuesto De Bienes Inmuebles. BOCM Nº309 De 29/12/03.
- Ordenanza Reguladora Del Impuesto De Vehículos De Tracción Mecánica. BOCM Nº309 De 29/12/03.
- Ordenanza Reguladora Del Impuesto Sobre El Incremento Del Valor De Los Terrenos De Naturaleza Urbana. BOCM Nº309 De 29/12/03.
- Impuesto Actividades Económicas. BOCM Nº310 De 30/12/1995.
- Ordenanza Reguladora Del Impuesto Sobre Construcciones, Instalaciones Y Obras. BOCM Nº 309 De 29/12/03.
- Hacienda Municipal Impuesto Sobre Contribuciones Especiales. BOCM Nº229 De 29/09/1990.
- Ordenanza Municipal Reguladora De La Gestión De Los Residuos De Construcción Y Demolición De Hoyo De Manzanares. BOCM Nº202 De 25/08/2021.
- Ordenanza Reguladora De La Tasa Por Licencias Urbanísticas Exigidas Por La Legislación Del Suelo Y Ordenación Urbana.
- Ordenanza Fiscal Reguladora De La Tasa Por Servicio De Distribución. BOCM Nº 310 De 30/12/1998.
- Ordenanza Reguladora De La Tasa Por Prestación Del Servicio De Alcantarillado Y La Vigencia Especial De Alcantarillas Particulares. BOCM 310 Nº 30/12/1995.
- Ordenanza Reguladora De La Tasa Por Otorgamiento De Las Licencias Sobre Apertura De Establecimientos. BOCM Nº 310 De 30/12/1998.
- Ordenanza Fiscal Por Realización De Actividades Administrativas De Competencia Local En Edificios E Instalaciones Municipales. BOCM Nº43 De 21/02/2000.
- Ordenanza Reguladora De La Tasa Por Documentos Que EXPIDA O Que Entienda La Administración O Las Autoridades Municipales A Instancia De Parte. BOCM Nº 63 De 15/03/2000.
- Ordenanza Reguladora De La Tasa Sobre Recogida Domiciliaria De Basuras O Residuos Sólidos Urbanos. BOCM Nº63 De 15/03/2000.
- Tasa Por Entrada De Vehículos A Través De Las Aceras Y Reservas De Vía Pública Para Aparcamiento Exclusivo, Parada De Vehículos, Carga Y Descarga De Mercancías De Cualquier Clase. BOCM Nº 63 De 15/03/2000.
- Ordenanza Reguladora De La Tasa Por Utilización De Los Servicios De Tanatorio Y Cementerio Municipal de Hoyo De Manzanares. BOCM Nº 246 De 15/10/2008.
- Ordenanza Reguladora De Las Tasas Por Utilización Privativa O Aprovechamiento Especial Del Dominio Público Local Y Servicios Adicionales. BOCM Nº111 De 11/05/2004.
- Tasa Por Utilización Del Escudo Municipal En Placas, Patentes Y Otros Distintivos Analógicos. BOCM Nº 310 De 30/12/1995.
- Ordenanza Reguladora De La Tasa Por Licencias De Autotaxis Y Demás Vehículos De Alquiler. BOCM Nº 63 De 15/03/2000.
Noticias
NUEVO PERIODO DE PAGO DEL RECIBO DEL ALCANTARILLADO
Por problemas en una migración informática, se han emitido algunos recibos de alcantarillado con el cajetín vacío, sin información sobre el pago que se está comunicando. Por ello, se va a proceder a enviar de nuevo las comunicaciones, siendo el nuevo periodo de pago del 1 de julio a 1 de septiembre, e incluyendo una segunda línea de cobro del 2 de septiembre al 4 de octubre.
EL PLAN ESPECIAL DE TRIBUTOS SE RETRASA AL MES DE ABRIL
Debido a la migración de la base de datos de recaudación, se retrasa al mes de abril la entrada en funcionamiento del plan especial de pagos de tributos para el ejercicio 2021, así como del padrón de basura. La puesta en marcha del nuevo servicio telemático permitirá realizar online tanto consultas como pagos.
NUEVA ORDENANZA DEL PLAN DE PAGO DE TRIBUTOS
Las líneas generales del plan de pago son:
– 8 plazos (marzo a octubre) y un noveno de regularización positiva o negativa que se produce en diciembre.
– Una bonificación del 5% de los impuestos.
– Los impuestos incluidos son las tasas sobre las viviendas (basura y alcantarillado) y el IBI, cuyo importe conjunto supere los 250 euros.
– Es obligatorio el pago mediante domiciliación bancaria.
– El fraccionamiento será sobre todos los impuestos y tasas de la vivienda.
CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO
Se puede solicitar de forma PRESENCIAL en la oficina de registro en el horario habitual los MARTES y JUEVES.
NUEVO CALENDARIO FISCAL 2020 COVID 19
Recordar a todos los contribuyentes que pueden fraccionar sus pagos.
Los beneficiarios de ayudas dirigidas a empresas y autónomos recibirán una media de 2.048€ destinados a paliar el impacto de la crisis sanitaria.
Desde el 27 de mayo se abre un plazo de 5 días en el que las empresas que aún no lo hayan hecho, por una u otra razón, podrán aportar la documentación requerida para recibir estas ayudas.
PLAN DE REACTIVACIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL
Diez medidas para reactivar la economía y transformar el espacio de todos apostando por la movilidad sostenible, la recuperación de los espacios para los ciudadanos e impulsando la cultura y el turismo de calidad.
ACTUALIZACIÓN Y FLEXIBILIZACIÓN DE LAS MEDIDAS FISCALES ADOPTADAS POR EL AYUNTAMIENTO DE HOYO DE MANZANARES
En el Ayuntamiento se están adaptando los trámites, dentro de nuestras competencias y la legislación, para que se reduzca la presión contributiva sobre la ciudadanía y los sectores económicos más afectados.
MEDIDAS QUE SE LLEVARÁN A CABO POR EL AYUNTAMIENTO DESDE LA CONCEJALÍA DE HACIENDA
Medidas acordadas en el área de Hacienda para hacer frente al cumplimiento de las obligaciones fiscales de los ciudadanos y particularmente, del sector de autónomos y pequeñas y medianas empresas afectados por el COVID-19.








