BANDO INFORMATIVO SOBRE PROHIBICIÓN DE QUEMAR

 en Concejalía de Medio Ambiente, Destacado, General

Julián Carrasco Olmo, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Hoyo de Manzanares, Madrid, de conformidad con las atribuciones que me otorga, con carácter indelegable, el artículo 21.1 e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, de dictar bandos, mediante el presente hago público el siguiente,

BANDO

Debido a la entrada en vigor de la nueva Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, publicada en el BOCM y entrada en vigor el 9 de abril de 2022,

SE INFORMA DE LA PROHIBICIÓN

A partir del 1 de enero de 2023, se informa de la prohibición de quema de restos verdes de jardín al ser considerados estos residuos como valorizables mediante compostaje domestico o comunitario.

Lo que se hace público para general conocimiento y cumplimiento, instando a todos los vecinos el más exacto cumplimiento de las anteriores normas.

 

Art. 2.g-. Biorresiduo: residuo biodegradable vegetal de hogares, jardines, parques y del sector servicios, así como residuos alimentarios y de cocina procedentes de hogares….

Art 25.1-. ….Se prohíbe la incineración, con o sin valorización energética, y el depósito en vertedero de los residuos recogidos de forma separada para su preparación para la reutilización y para su reciclado,….

Art 25.2b-….. Se entenderá también como recogida separada de biorresiduos la separación y reciclado en origen mediante compostaje doméstico o comunitario,.

Art. 28-. Las entidades locales, para el cumplimiento de lo establecido en el artículo 25 adoptarán las medidas necesarias para la separación y el reciclado en origen de los biorresiduos mediante su compostaje doméstico y comunitario…

BANDO